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¿Qué pasa si dejo de pagar la prima por un seguro de vida?
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La inestabilidad económica y la precariedad laboral pueden hacer que, en determinadas épocas, nuestros ingresos se vean comprometidos. Cuando esto sucede, el dinero del que se dispone se utiliza para cubrir los gastos de primera necesidad, como la vivienda o la alimentación, lo que puede dejar las pólizas contratadas desatendidas. Pero, ¿qué pasa si dejo de pagar la prima del seguro?
La importancia de la contratación del seguro de vida
La finalidad de un seguro de vida es ofrecer una protección en el caso de que se produzca una situación de invalidez o de dependencia o el fallecimiento de la persona asegurada. En estas circunstancias, la indemnización permite suplir los ingresos económicos que esta ya no puede percibir a causa de la enfermedad o las lesiones, u ofrecer una protección a la familia ante el deceso.
Por lo tanto, cuando la situación financiera de una familia se desestabiliza, es conveniente recordar esta función de los seguros de vida, en lugar de considerarlos como un lujo del que se puede prescindir temporalmente. Además, los imprevistos nunca avisan.
En lo que respecta a los pagos de las pólizas, estos se realizan de manera anticipada a la cobertura. Es decir, en el momento de la contratación o de la renovación del seguro. Se recomienda también que en el momento de la suscripción se valoren cuáles son las condiciones o la cuantía a la que se podrá hacer frente, incluso cuando la situación familiar se ve modificada.
¿Qué pasa si dejo de pagar la prima del seguro de vida?
Por diversos motivos, no solo de índole económica puede producirse el impago de la póliza; una situación que tiene diversas consecuencias en la cobertura contratada y que afectan, por tanto, a la persona asegurada y demás beneficiarias del seguro.
Pero, ¿qué pasa si no pago el seguro de vida? El impago queda regulado en la Ley del Contrato de Seguro que, en su artículo 15, establece que la compañía aseguradora queda liberada de ofrecer la cobertura que se había contratado si la prima no se ha pagado antes de que tenga lugar el siniestro, salvo que se haya pactado lo contrario.
De darse esta situación, la aseguradora puede optar por rescindir completamente el contrato o por acudir a la vía judicial para solicitar el pago de la deuda que esté pendiente. Como hemos indicado, no hay obligación por parte de la aseguradora de ofrecer cobertura o de satisfacer el pago de la indemnización.
El plazo de gracia en el pago de la póliza
Sin embargo, la misma ley contempla lo que se denomina como el plazo de gracia y que es un período de un mes en el que el seguro no se extingue tras el impago. Dicho de otro modo, la compañía aseguradora está obligada a mantener la cobertura hasta un mes después de la fecha de vencimiento de la póliza.
¿Significa esto que disponemos de un mes de seguro gratuito? No. La finalidad del período de gracia es conceder a la persona asegurada un plazo razonable para regular su situación y subsanar los problemas existentes que afectan al pago del seguro.
Hay que tener en cuenta también que la anualidad de un seguro no comienza en la fecha de dicho pago, sino en la de renovación de la póliza. Por lo tanto, el día en el que se pasa el cobro todavía suele haber un margen antes del vencimiento real.
Una vez que ha transcurrido este plazo de gracia, la aseguradora queda liberada de su responsabilidad, pero el seguro continúa vigente hasta seis meses después desde el impago. Durante este tiempo, si se procede con el pago de la primera, en 24 horas la prima vuelve a estar vigente.
Soluciones ante los problemas de impago
Ya conoces las consecuencias si te preguntabas qué pasa si dejo de pagar el seguro. Ahora, debes saber que si tu situación se mantiene inestable, dispones de diversas opciones.
Aunque durante los seis meses en los que el seguro se mantiene vigente, la compañía solo puede reclamar la prima del período que se encuentra en curso. Transcurrido el plazo, aquella puede optar por no cancelar el seguro, de manera que la deuda seguirá incrementándose y acudirá a la vía judicial para reclamar toda la cuantía pendiente.
Si deseas rescindir el contrato porque no podrás hacer frente a este, puedes optar por su cancelación. Si lo haces siguiendo lo que establezca el propio contrato y la ley, recuperarás lo que corresponda del capital acumulado.
Otra opción es la de contactar con tu aseguradora para ajustar tus coberturas y así reducir el importe de la prima a pagar. En cualquier caso, se recomienda proceder con el pago tan pronto como sea posible. No solo evita problemas legales futuros, sino que mantiene vigente la cobertura.
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